IFS Versión 8
Los cambios de versión de las normas suelen generar confusiones y muchas dudas , con esta noticia os queremos informar de los principales cambios con respecto a la norma IFS Food v 8 para facilitar vuestro proceso de adaptación…
¿A PARTIR DE QUÉ FECHA ES OBLIGATORIA?
- Auditorias a partir del 1 de Enero de 2024.
- Auditorias no anunciadas cuya ventana de auditoria no anunciada comience a partir del 1 de Octubre de 2023.
Excepciones:
- Empresas consideradas multiemplazamiento cuya oficina central y otros centros relacionados se haya auditado en la v7 (Dentro de un plazo de 12 meses desde la auditoría de la oficina central). Después del 1 de enero de 2024, se aplicará IFS Food versión 8 a todas las auditorías de la oficina central.
- Auditorias de ampliación de alcance cuando la auditoría «principal» conectada se haya realizado de acuerdo a IFS Food versión 7 antes del 1 de enero de 2024
IMPORTANTE ANTES DE PASAR LA AUDITORIA ANUNCIADA O NO ANUNCIADA IFS V8
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES CAMBIOS?
Puedes descargar la comparación completa de la norma haciendo click sobre la imagen ↑
• Se vuelve a cambiar el termino evaluación IFS por auditoria IFS.
• El B deja de ser un punto de atención para convertirse de nuevo en una desviación. Un requisito evaluado como B supondrá una puntuación de 5 puntos sobre 20. Será necesario aportar correcciones con evidencias y acciones correctivas dentro de un plazo de 28 días al igual que las demás desviaciones.
•Alineación con las últimas publicaciones reglamentarias/normativas Codex Alimentarius – Principios generales de higiene, revisados en 2020 ISO 22003-2.
• Reglas de la doctrina anterior en la propia norma, aunque para la versión 8 ya hay publicada una Doctrina. Las doctrinas son documentos normativos que complementan la norma. Por consiguiente, las empresas, las entidades de certificación y los auditores deben seguir las aclaraciones que contienen.
• Se permiten declaraciones en el certificado IFS de Esquemas de indicaciones geográficas [de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1151/2012, por ejemplo, DOP, IGP] Con un descargo de responsabilidad obligatorio: «El esquema de indicación geográfica «por especificar» es una cualidad extrínseca del producto o productos, pero su evaluación no está incluida en el alcance de la certificación IFS Food».
• Aclaración sobre normas de auditorias no anunciadas:
Al menos una vez cada tercera auditoría IFS Food:
• Auditoría no anunciada suspendida cuenta para el calculo.
•Auditoría anunciada suspendida no cuenta para el calculo.
• Nuevo estado Estrella: Para aquellas empresas certificadas tras una auditoria no anunciada se ha creado un nuevo estado denominado ESTRELLA. Es un estado visible en la base de datos que se elimina cuando la compañía vuelve a las auditorías anunciadas.
• Ya no se requiere que se haga referencia a IFS Logistica en el certificado IFS Food para aquellas empresas que tengan además actividades logísticas.
• Cambio en la gestión de AUDITORÍA CON UNA PUNTUACIÓN <75% Y NINGUNA MAYOR, se considera auditoria fallida y el certificado se retirará, como máximo, 2 días laborables después de la revisión técnica.
• Nuevas definiciones
CAMBIOS A NIVEL DE LA CHECKLIST
• 232 Requisitos en total (en vez de 237 en v7).
• 4 Requisitos nuevos:
–Requisito nuevo para la validación del plan APPCC (2.3.11.1).
–Nuevo requisito 4.12.3 sobre los químicos en general (no únicamente sobre productos químicos de limpieza y desinfección.
–Nuevo requisito 5.6.2 sobre la vigilancia ambiental (anteriormente 5.3).
–Nuevo requisito 5.11.2 sobre correcciones para las desviaciones y no conformidades.
• 10 Requisitos fusionados y/o eliminados.
• 5 Capítulos (en vez de 6 en la v7).
Todos los cambios referentes a la checklist se pueden consultar en el documento de comparación de la v 7 con la nueva v 8. Puede descargársela aquí o haciendo click en la imagen de la derecha.